OBJETO SOCIAL Y ACTIVIDADES
El objeto social de CONSOLIDAR es el de contribuir a la promoción
económica, social y cultural de los microempresarios y trabajadores asociados,
apoyando sus emprendimientos y propiciando su desarrollo personal, empresarial
y organizativo, a través de una oferta diversificada de servicios, estructurada
con base en necesidades y demandas comunitarias, institucionales y privadas.
Podrá además extender sus servicios a grupos poblacionales específicos,
en cumplimiento de convenios o contratos con instituciones públicas, privadas o
mixtas, nacionales e internacionales, y durante la vigencia de los mismos.
El objeto concreto del acuerdo cooperativo comprende los siguientes
campos de intervención:
En materia de servicios de
microfinanzas, CONSOLIDAR podrá:
1) Gestionar y obtener de diversas fuentes y por medios lícitos,
recursos económicos y orientarlos hacia el microcrédito, la inversión y el financiamiento
de sus operaciones.
2) Estructurar y desarrollar
programas ordinarios y líneas especiales de crédito para los asociados, de
conformidad con la reglamentación aprobada por el Consejo de Administración.
3) Actuar como corresponsal del sector financiero y ofrecer de manera
complementaria productos y servicios financieros de otras entidades afines,
siempre que ello redunde en beneficio de los usuarios finales de CONSOLIDAR.
4) Prestar servicios de capacitación, asesoría, y transferencia
tecnológica, en microfinanzas, a
entidades, organizaciones e
instituciones, interesadas en el diseño e implantación de programas de microcrédito.
5) Administrar fondos de crédito o capital semilla con destinación
específica a otros grupos poblacionales.
En materia de servicios complementarios al crédito, CONSOLIDAR podrá:
1) Allegar recursos, aunar esfuerzos y competencias, crear sinergias y
alianzas estratégicas, para potenciar y cualificar la capacidad de servicio de
CONSOLIDAR, en beneficio del microempresario, su núcleo familiar y su entorno
comunitario.
2) Estructurar y desarrollar programas y metodologías para la creación y
el fortalecimiento de micro y pequeñas empresas (MYPE), de carácter individual, familiar y asociativo.
3) Brindar a sus asociados, de manera continua y adecuada, servicios de
capacitación, asesoría y asistencia técnica, para el fortalecimiento de sus negocios
y el desarrollo de habilidades gerenciales.
4) Organizar, estructurar y ofrecer a los asociados y sus familias,
programas de servicios sociales básicos (vivienda, generación de ingresos,
educación, salud, previsión, solidaridad y asistencia social), a través de
convenios con entidades especializadas, debidamente autorizadas y acreditadas
para la prestación de estos servicios.
5) Prestar, a entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, servicios
profesionales y técnicos, de asesoría y consultoría, en áreas afines, conexas y
complementarias al objeto social.
6) Promover, conformar y constituir, en el orden nacional e
internacional, instituciones auxiliares y de fomento del cooperativismo,
empresas de economía solidaria y organizaciones de cualquier naturaleza
jurídica, que sean convenientes para sus fines y propósitos. Así mismo, podrá
pertenecer y ser parte integral de ellas, o que estas pertenezcan y sean parte
orgánica de CONSOLIDAR.
Para el cumplimiento de su
objetivo social, la Cooperativa puede
desarrollar las siguientes
actividades:
1. Prestar servicios de asistencia técnica, educación informal,
capacitación y solidaridad que en
desarrollo de las actividades previstas en
los estatutos o por disposición de la Ley cooperativa pueden desarrollar, directamente
o mediante convenios con otras entidades.
2. Celebrar convenios dentro
de las disposiciones legales
para la prestación de otros
servicios, especialmente aquellos celebrados
con los establecimientos bancarios
para el uso de
cuentas corrientes y otros
servicios financieros.
3. CONSOLIDAR podrá realizar toda clase de
actos y contratos, tales como tomar o dar dinero en mutuo, adquirir, vender o
dar en garantía sus bienes, muebles o inmuebles, abrir cuentas corrientes y
celebrar otros contratos bancarios; girar, endosar, aceptar, cobrar, protestar
y cancelar títulos valores u otros efectos de comercio; reivindicar, transigir
o comprometer sus derechos y realizar dentro del objeto social, toda clase de
actividades licitas y permitidas a estas entidades por la
legislación vigente.